cotizaciones@byasa.com.mx
(55) 5341-9999
Header — Semana 1: Manejo manual de cargas
Cumplimiento normativo

Manejo manual de cargas en fin de línea: qué dice la STPS y en qué punto deja de ser negociable automatizar.

Qué considera manejo manual de cargas la NOM-036-1-STPS-2018, sus límites de peso por sexo y edad, y por qué esa tabla de límites lleva vigente en su totalidad poco más de dos años, no seis.

Autor Jorge Gómez
Publicado 7 de septiembre de 2026
Lectura 9 minutos
Familia b-packaged, b-robotech
Featured Image - Post Calibración Byasa
Manejo manual de cargas en fin de línea: qué dice la STPS y en qué punto deja de ser negociable automatizar

About Author - Post Calibración Byasa
Answer Box — Semana 1: Manejo manual de cargas
Respuesta rápida

¿Qué es el manejo manual de cargas y qué límites fija la NOM-036?

Manejo manual de cargas es, según la NOM-036-1-STPS-2018, levantar, bajar, empujar, jalar, transportar o estibar materiales con la fuerza del trabajador, en cargas de 3 kg o más manejadas más de una vez por jornada. La norma fija límites de 7 a 25 kg por sexo y edad, y un tope de 10,000 kg acumulados por jornada. Esa tabla de límites no rige desde 2020: alcanzó vigencia plena hasta el 31 de marzo de 2024.

Peso máx. (hombre 18-45) 25 kg
Tope acumulado / jornada 10,000 kg
Vigencia plena de la tabla 31/03/2024

Fuente: NOM-036-1-STPS-2018, texto vigente — DOF. Fecha de aplazamiento verificada contra STPS, Trabajo Seguro, consulta 2026-09-06.

Sección 1 — Qué se considera manejo manual de cargas

1. Qué se considera manejo manual de cargas en la normativa mexicana

La NOM-036-1-STPS-2018 (numeral 4.14) define manejo manual de cargas como la actividad de levantar, bajar, empujar, jalar, transportar o estibar materiales empleando la fuerza física del trabajador, con o sin ayuda de equipo auxiliar como diablos, carretillas o bandas. La norma aplica en todo centro de trabajo del territorio nacional donde esta actividad ocurra de forma regular —más de una vez por jornada— y excluye explícitamente cargas menores a 3 kg (DOF, numeral 2).

Esto significa que una operación de ensacado de 25 kg realizada varias veces por turno cae de lleno en el campo de aplicación de la norma, mientras que el manejo ocasional de una pieza ligera no. La distinción no es menor: define si una estación de fin de línea está o no sujeta a las obligaciones de identificación, evaluación y control que exige el resto del documento.

Fuente: NOM-036-1-STPS-2018, numerales 1, 2 y 4.14 — DOF: dof.gob.mx/normasOficiales/7468/stps11_C/stps11_C.html · Consulta: 2026-09-06
Sección 2 — Límites y condiciones que exige la NOM-036-STPS-2018

2. Límites y condiciones que exige la NOM-036-STPS-2018

La Tabla 1 de la norma (numeral 8.3, inciso b, numeral 2) establece el límite máximo individual de levantamiento y descenso según sexo y edad. Un trabajador mayor de 45 años puede alcanzar el límite del rango de 18 a 45 años únicamente con aptitud médica documentada.

Grupo Límite máximo de levantamiento/descenso
Mujeres, menores de 18 años7 kg
Mujeres, 18 a 45 años20 kg
Mujeres, mayores de 45 años15 kg
Hombres, 18 a 45 años25 kg
Hombres, mayores de 45 años20 kg

Además, el numeral 8.3, inciso b, numeral 5 fija un tope acumulado de 10,000 kg de masa total por jornada de 8 horas en transporte manual a menos de 10 metros. Es la cifra que con más facilidad se rebasa sin que nadie lo note: no depende del peso de una sola carga, sino de la repetición durante todo el turno.

Dato que ningún competidor está publicando Estos numerales —incluida la tabla completa de límites— no entraron en vigor junto con el resto de la norma en enero de 2020. Se aplazaron a solicitud de CONCAMIN por disrupciones de cadena de suministro pospandemia, primero al 4 de enero de 2023 y después al 31 de marzo de 2024, fecha en la que la norma alcanzó su vigencia completa. Para un auditor que revisa hoy —2026— la tabla lleva poco más de dos años como base exigible, no seis, y eso cambia el margen de tolerancia que muchas plantas asumen que todavía tienen.
Fuente: NOM-036-1-STPS-2018, numerales 8.3.b.2 y 8.3.b.5 — DOF. Fechas de aplazamiento: STPS, boletín 103 (trabajoseguro.stps.gob.mx/bol103) y SDI Industrial. Consulta: 2026-09-06.
Sección 3 — Por qué el ensacado y el estibado concentran el riesgo

3. Por qué el ensacado y el estibado concentran el riesgo

El ensacado y el armado de tarima combinan los tres factores que la norma trata como determinantes del riesgo ergonómico: peso de la carga, frecuencia de repetición por turno y postura de manejo (flexión de tronco, giro, agarre asimétrico del saco o la caja). A diferencia de una tarea de manejo ocasional, estas estaciones operan en ciclos de segundos durante todo el turno, lo que acerca con facilidad el acumulado diario al tope de 10,000 kg del numeral 8.3.b.5 aun cuando cada carga individual esté dentro del límite por levantamiento.

Sección 4 — Cuándo la medida administrativa deja de bastar

4. Cuándo la medida administrativa deja de bastar y entra el equipo

La jerarquía de controles que la propia norma reconoce prioriza la ingeniería sobre la administración: reducir el peso o rediseñar la tarea pesa más que capacitar al operador para levantar "correctamente" una carga que sigue excediendo el límite. Una medida administrativa —rotación de puesto, pausas, técnica de levantamiento— es adecuada cuando la carga y la frecuencia están dentro de la Tabla 1 y el problema es puntual.

Deja de ser suficiente cuando se cumple más de una de estas condiciones: la carga individual excede el límite por sexo y edad de forma sistemática y no ocasional; el acumulado de turno se acerca o supera el tope de 10,000 kg; existe evidencia de rotación de personal o ausentismo asociado al puesto; o una evaluación de factores de riesgo ergonómico —la que exige la propia NOM-036 en su capítulo de identificación— ya documentó el hallazgo y no hay forma de rediseñar la tarea sin quitarle la manipulación manual.

En ese punto la conversación deja de ser "cómo levantar mejor" y pasa a ser qué parte de la estación —paletizado robotizado, ayuda mecánica de elevación, o un cambio de formato de empaque— retira la carga de la ecuación por completo. Byasa ya documentó por separado qué es el paletizado y sus patrones de estiba, para quien llega a esta decisión con la pregunta técnica ya resuelta.

Diagnóstico técnico en planta

¿Su estación de estibado ya cruzó el límite?

Antes de decidir entre automatizar, rediseñar la tarea o reforzar el control administrativo, un ingeniero de BYASA puede revisar la estación contra la Tabla 1 de la NOM-036 y documentar el hallazgo.

Solicitar diagnóstico en planta →
Sección 5 — Lista de verificación de la estación de estibado

5. Lista de verificación de la estación de estibado

  1. Identificar el peso real de cada carga que maneja el operador (no el peso nominal del producto, el peso efectivo incluyendo empaque).
  2. Contrastar ese peso contra el límite de la Tabla 1 según el sexo y la edad del operador asignado al puesto.
  3. Registrar la frecuencia real de manejo por turno y calcular el acumulado de masa total contra el tope de 10,000 kg/jornada.
  4. Revisar la postura de manejo: distancia de agarre, giro de tronco, altura de levantamiento respecto al cuerpo.
  5. Documentar si ya existe una evaluación de factores de riesgo ergonómico para el puesto y su fecha.
  6. Verificar si la medida vigente es administrativa (rotación, capacitación, EPP) o de ingeniería (ayuda mecánica, rediseño, automatización).
  7. Registrar rotación de personal y ausentismo del puesto en los últimos 12 meses, si el dato existe.
  8. Confirmar con Calidad o EHS si el hallazgo, de existir, ya tiene plan de acción con fecha comprometida.
Escenario ilustrativo, no cifra de cliente: una estación de ensacado de 25 kg con ciclo de 20 segundos durante un turno de 8 horas mueve, solo en levantamiento directo, muy por encima de las 1,440 unidades teóricas de ciclo — el ejercicio de la lista anterior es precisamente el que revela si ese acumulado ya cruzó el tope de la norma antes de que lo haga un auditor.
FAQ — Semana 1: Manejo manual de cargas
Preguntas frecuentes

Lo que más se busca sobre manejo manual de cargas

F-01 ¿Qué se considera manejo manual de cargas según la norma mexicana?
Es la actividad de levantar, bajar, empujar, jalar, transportar o estibar materiales usando la fuerza física del trabajador, con o sin equipo auxiliar, en cargas de 3 kg o más manejadas más de una vez por jornada (NOM-036-1-STPS-2018, numeral 4.14). Por debajo de 3 kg, la norma no aplica.
F-02 ¿Cuál es el peso máximo permitido en el manejo manual de cargas?
La Tabla 1 de la norma fija 25 kg para hombres de 18 a 45 años, 20 kg para hombres mayores de 45, 20 kg para mujeres de 18 a 45 años, 15 kg para mujeres mayores de 45, y 7 kg para mujeres menores de 18. Además existe un tope acumulado de 10,000 kg por jornada de 8 horas en transporte manual menor a 10 metros.
F-03 ¿Desde cuándo está vigente la NOM-036-1-STPS-2018?
La norma se publicó en el DOF el 23 de noviembre de 2018 y entró en vigor de forma general el 2 de enero de 2020. Sin embargo, los numerales que contienen la tabla de límites de peso (5.1, 8.3.b.2, 8.4, 8.5 y el Capítulo 7 completo) se aplazaron por solicitud de CONCAMIN y no alcanzaron vigencia plena hasta el 31 de marzo de 2024.
F-04 ¿La NOM-036 tiene relación con la prima de riesgo del IMSS?
La norma exige identificar y controlar factores de riesgo ergonómico, y un hallazgo documentado de incumplimiento puede formar parte del expediente que revisa una auditoría de seguridad e higiene. La relación específica entre el cumplimiento de esta norma y el cálculo de la prima de riesgo de una empresa depende de cada caso y de la clasificación ante el IMSS; no existe una cifra única aplicable de forma general.
F-05 ¿Qué EPP se recomienda para manejo manual de cargas?
Guantes con agarre, calzado de seguridad y fajas lumbares donde el análisis de riesgo lo justifique son medidas complementarias, no un sustituto del control de ingeniería. La jerarquía de controles que reconoce la norma prioriza el rediseño de la tarea o la eliminación del manejo manual sobre el EPP cuando la carga excede los límites de la Tabla 1 de forma sistemática.
F-06 ¿Qué actividades entran en el manejo manual de cargas de una línea de envasado?
Ensacado, armado y desarmado de tarima, carga y descarga de contenedores, y traslado manual de producto entre estaciones cuando no existe transportador o ayuda mecánica. Todas caen en el campo de aplicación de la norma si superan 3 kg y ocurren más de una vez por jornada.
Artículos Relacionados - Paletizado

Artículos relacionados

Ver todos →
Cargando últimos artículos...
wtsp

phone